Estancia

Si eres ciudadano de un país que no pertenece a la Unión Europea y vienes a España para otros fines distintos a residir o trabajar en el país, como puede ser visitar a un familiar, hacer turismo, asistir a un congreso (entre otros muchos motivos), puedes obtener un visado de estancia.

El visado de estancia se te concederá por un máximo de noventa días por semestre. Sin embargo, a los nacionales de determinados países no se les exige solicitar el visado y pueden viajar a España sin necesidad de ningún trámite previo, pero de igual forma su estancia en España no podrá exceder de 90 días. Asimismo, por razones excepcionales, y siempre con autorización previa, el período de estancia puede ser prorrogado hasta por 90 días más para nacionales de países a quienes no se requiera visado para entrar a España.

Por otra parte, existen visados de estancia específicos para determinadas situaciones, como lo son:

  • Autorización de Estancia por estudios.
  •  Autorización de estancia para actividades de investigación o formación de carácter no laboral.
  • Autorización de estancia por movilidad de alumnos.
  • Autorización de estancia por prácticas no laborales.
  • Autorización de estancia por servicios de voluntariado.
  • Autorización de estancia por estudios, movilidad dentro de la Unión Europea (dirigida a estudiantes que ya han sido admitidos en otro Estado de la Unión Europea).

La autorización de estancia se concede por el tiempo de duración de la actividad y hasta por un máximo de un año. Si la actividad tiene una duración superior, se puede solicitar la prórroga de la estancia.

El visado de estancia solicitado con mayor frecuencia es el de Estancia por Estudios, junto con la estancia por intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado. En estos casos, el visado de estancia puede ser solicitado desde el país de origen, antes de viajar a España, o una vez que se ha llegado a España, siempre y cuando se cumpla con los requisitos establecidos y la solicitud sea presentada dentro del plazo previsto para ello.

Como expertos en extranjería, ponemos al servicio de nuestros clientes nuestra sólida experiencia en materia de estancia en España. Por tanto, podemos informarte sobre todos los tipos de estancia previstos y asesorarte sobre la forma más adecuada en tu caso para que obtengas el visado de estancia, así como acompañarte durante todo el proceso hasta que te lo concedan.

Para más información, contacta con nosotros: a través de nuestro formulario de contacto: aquí; por teléfono, a los números +34 93 038 33 25 o +34 637 35 23 53, o por mail, en  info@eurojuridic.com o eurojuridicbcn@gmail.com. También puedes visitar nuestra web: www.eurojuridic.com y seguirnos por todas nuestras redes sociales, donde nos podrás encontrar por nuestro nombre: EUROJURÍDIC.