Tarjeta de Familiar de Ciudadano Comunitario o Ciudadano UE

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En Eurojurídic te ofrecemos todo el asesoramiento que necesitas para obtener la Tarjeta de Familiar de Ciudadano Comunitario o Ciudadano UE

Y te preguntarás: ¿qué es esta tarjeta de residencia y en qué consiste? Aquí te lo explicamos…

Los miembros de la familia de un Ciudadano de la Unión Europea, cuando lo acompañen o se reúnan con dicho Ciudadano de la UE, tendrán derecho a residir en España por un período superior a tres meses. En ese caso, se les otorga una Tarjeta que los identifica como Familiar de Ciudadano UE y les da derecho a residir legalmente en España.

Al ser titular de dicha tarjeta, el familiar de Ciudadano Comunitario, además del derecho a residir legalmente, tendrá derecho a estudiar, así como a trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia en España. Asimismo, tendrán derecho a circular libremente por el espacio de la UE.

Quiénes son Ciudadanos Comunitarios o Ciudadanos UE?

Son Ciudadanos Comunitarios los nacionales de un Estado Miembro de la Unión Europea (UE), los nacionales de un Estado Parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (EEE) o los nacionales de Suiza.

Estados Miembros de la UE: Alemania, Bélgica, Croacia, Dinamarca, España, Francia, Irlanda, Letonia, Luxemburgo, Países Bajos, Suecia, Bulgaria, Eslovaquia, Estonia, Grecia, Malta, Polonia, República Checa, Austria, Chipre, Eslovenia, Finlandia, Hungría, Italia, Lituania, Portugal y Rumanía.

Estados Miembros del EEE: Además de los Estados de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein y Noruega.

Quiénes son considerados familiares de Ciudadano Comunitario?

Todas las personas que sean nacionales de terceros estados, distintos de los enumerados anteriormente, y que estén unidos al Ciudadano UE por alguno de los siguientes vínculos:

Familia Directa:

  • Su cónyuge.
  • La pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal (Pareja de Hecho inscrita en registro).
  • Sus hijos y los de su cónyuge o pareja de hecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a su cargo, o sean incapaces.
  • Sus padres y los de su cónyuge o pareja de hecho, que vivan a su cargo.

Familia Extensa:

También tendrán derecho a que les sea expedida la Tarjeta de Familiar de Ciudadano UE, todos los miembros de la familia del Ciudadano Comunitario que no sean familiares directos, siempre y cuando ese familiar cumpla con alguna de las siguientes condiciones:

  • Que esté a cargo del Ciudadano UE o viva junto con éste en el país de procedencia.
  • Que por motivos graves de salud o de discapacidad, sea estrictamente necesario que el ciudadano de la Unión se haga cargo del cuidado personal de dicho miembro de la familia.

Además, será considerada también como familia extensa la pareja de hecho con la que mantenga una relación estable debidamente probada, sin que dicha relación esté inscrita en un registro, debiendo en ese caso probar la convivencia.

Resulta importante destacar, con respecto a la pareja de hecho, que será considerada Familiar Directo en el caso de encontrarse inscrita en un registro público establecido a esos efectos en un Estado miembro de la Unión Europea o en un Estado parte en el Espacio Económico  Europeo, que impida la posibilidad de dos registros simultáneos en dicho Estado, y siempre que no se haya cancelado dicha inscripción, lo que deberá ser suficientemente acreditado.

Por otra parte, para disfrutar de la Tarjeta de Familiar de Ciudadano UE, como Familia Extensa, se considerará que se trata de una pareja estable aquella que acredite la existencia de un vínculo duradero. En todo caso, se entenderá la existencia de este vínculo si se acredita un tiempo de convivencia marital de, al menos, un año continuado, salvo que tuvieran descendencia en común, en cuyo caso bastará la acreditación de convivencia estable debidamente probada.

Es imprescindible recordar que las situaciones de matrimonio e inscripción como pareja registrada se considerarán, en todo caso, incompatibles entre sí.

Puedo obtener la Tarjeta de Familiar de Comunitario?

Todas las personas que se encuentren en una de las situaciones descritas con anterioridad, tienen derecho a residir legalmente en España y a obtener una tarjeta que los identifica como Familiar de Ciudadano Comunitario. Si ese es tu caso, entonces tienes derecho a que te sea otorgada la Tarjeta de Familiar UE.

Si cumples con estos requisitos y quieres más información o si ya te has decidido a iniciar tu solicitud, no dudes en contactarnos para que te facilitemos toda la información al respecto y tramitemos tu Tarjeta de Familiar de Ciudadano Comunitario.

Para más información, contacta con nosotros: a través de nuestro formulario de contacto: aquí; por teléfono, a los números +34 93 038 33 25 o +34 637 35 23 53, o por correo electrónico, en info@eurojuridic.comeurojuridicbcn@gmail.com. También puedes visitar nuestra web: www.eurojuridic.com y seguirnos por todas nuestras redes sociales, donde nos podrás encontrar por nuestro nombre: EUROJURÍDIC.

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Abog. Yinett Hernández Martínez

Abogada. Máster en Derecho. Especialista en Derecho de Extranjería y en Derecho Matrimonial y de Familia. Colegiada en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona. Agente de la Propiedad Inmobiliaria. Agente Exclusiva de Seguros.

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