Ya tenemos la primera Resolución Favorable de Permiso de Residencia para Búsqueda de Empleo

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[avatar user=»adminjuri» size=»thumbnail» align=»left»]Abog. Yinett Hernández Martínez[/avatar]

Estamos muy contentos porque al fin se ha comenzado a dar respuesta a las solicitudes de la novedosa Autorización de Residencia para Búsqueda de Empleo para quienes han obtenido una titulación superior en España

Desde su publicación en el BOE en fecha 04 de Septiembre de 2018, el Real Decreto Ley 11/2018 de 31 de agosto entró en vigor, aportando, entre otras, dos importantes incorporaciones legales en materia de extranjería, que son:

  • La posibilidad de obtener una Autorización de Residencia No Lucrativa para permanecer en territorio español a fin de buscar un empleo adecuado al nivel de estudios alcanzado, para todos aquellos ciudadanos extracomunitarios (ciudadanos de terceros países no pertenecientes a la Unión Europea) que hayan cursado estudios en España y obtenido una titulación correspondiente, como mínimo, al nivel 6 de estudios correspondiente al Marco Europeo de Cualificaciones, es decir, como mínimo una titulación de Grado Universitario (también puede ser una titulación de Máster o de Doctorado). Dicho permiso de residencia es de tipo no lucrativo, por lo que el beneficiario de este permiso debe contar con medios económicos propios para sufragar sus gastos durante su permanencia en España, además de cumplir con otros requisitos, como disponer de seguro médico. Por otra parte, cabe destacar que esta autorización de residencia es concedida por un período de 1 año y no es prorrogable.
  • La posibilidad de solicitar la Autorización de Estancia para Cursar Estudios desde el territorio español para todos aquellos ciudadanos extracomunitarios (ciudadanos de terceros países no pertenecientes a la Unión Europea) que deseen cursar estudios en España, siempre y cuando el aspirante se encuentre aquí de forma legal (Por ejemplo, con Visa de Turismo) y teniendo la obligación de realizar la solicitud de la referida autorización como máximo un mes antes de que caduque su situación de estancia legal. Es decir, ya no será obligatorio solicitar la Autorización de Estancia para Cursar Estudios desde el país de origen a través del Consulado de España en dicho país, sino que se puede tramitar encontrándose el aspirante en territorio español de forma legal.

Pues bien, en Eurojurídic nos encontramos muy contentos por nuestro cliente y satisfechos de obtener una vez más respuestas positivas por nuestra labor, al haber recibido en el día hoy la primera Resolución sobre una solicitud de Autorización de Residencia Temporal No Lucrativa Inicial para búsqueda de empleo, siendo ésta FAVORABLE, como era de esperar, ya que una vez más nos hemos asegurado de que nuestro cliente cumpliera con todos los requisitos inherentes al trámite antes de iniciar el mismo, asesorándole apropiadamente al respecto y acompañándole durante todo el proceso.

Pero lo que realmente cabe destacar es que, después de haber realizado una cantidad importante de solicitudes al amparo de estos nuevos derechos garantizados a los estudiantes extracomunitarios, podemos corroborar que ya se ha comenzado a dar respuesta a tales solicitudes tras el breve y normal período inicial de incertidumbre que se ha experimentado en la implementación del mecanismo de tramitación de las mismas, tras la puesta en marcha en tan corto espacio de tiempo de dicho mecanismo una vez entró en vigor la mencionada disposición legal.

El referido trámite fue llevado a cabo por la Abogada Yinett del Valle Hernández Martínez, quien está demás indicar que se encuentra a la disposición de todos aquellos ciudadanos que necesiten asesoramiento para éste o cualquier otro trámite en materia de extranjería.

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Abog. Yinett Hernández Martínez

Abogada. Máster en Derecho. Especialista en Derecho de Extranjería y en Derecho Matrimonial y de Familia. Colegiada en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona. Agente de la Propiedad Inmobiliaria. Agente Exclusiva de Seguros.

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